¿Qué son las visas familiares?
La inmigración familiar es una de las formas más comunes de emigrar a Estados Unidos. Si bien la inmigración familiar siempre ha sido la principal vía de inmigración a Estados Unidos a lo largo de su historia, esto se estableció formalmente en 1965, cuando se creó la Ley de Inmigración y Nacionalidad para dar prioridad a los familiares e hijos de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales para inmigrar a Estados Unidos. Desde entonces, se ha convertido en un proceso más organizado, que ha ayudado a innumerables inmigrantes a obtener la residencia permanente en Estados Unidos. Si usted es ciudadano estadounidense o residente permanente legal y tiene seres queridos en el extranjero, podría ayudarlos a obtener la residencia permanente legal en Estados Unidos. Existen varios requisitos y categorías de elegibilidad que quienes solicitan la inmigración por motivos familiares deben conocer.
Categorías de inmigración basadas en la familia
Las dos categorías principales de inmigración familiar son la categoría de parientes inmediatos y la categoría de preferencia familiar, ambas con varias categorías dentro. La primera categoría, parientes inmediatos, incluye lo siguiente:
- Cónyuges de ciudadanos estadounidenses
- Hijos solteros de ciudadanos estadounidenses menores de 21 años, y
- Padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años.
No hay límite de visas disponibles para familiares inmediatos, por lo que no necesitan estar en una lista de espera para recibir una visa de inmigración.
Categorías de visas de preferencia familiar
Las categorías de preferencia familiar, por otro lado, son algo más complejas y están sujetas a límites anuales. La disponibilidad de visas para cada categoría depende de la fecha de prioridad o de la fecha de presentación del Formulario I-130. Las categorías de preferencia incluyen las siguientes:
- Primera preferencia: Hijos e hijas adultos (mayores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses que no estén casados
- Segunda preferencia (2A): Cónyuges de residentes permanentes legales y sus hijos solteros (menores de 21 años)
- Segunda preferencia (2B): Hijos e hijas solteros de residentes permanentes legales
- Tercera preferencia: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses (sin restricciones de edad)
- Cuarta preferencia: Hermanos de ciudadanos estadounidenses adultos
¿Quién no es elegible para una visa familiar?
Lamentablemente, no se puede solicitar directamente a familiares más lejanos, como abuelos, tías, tíos, primos, sobrinos o suegros. Sin embargo, estos familiares podrían ser elegibles para otros tipos de inmigración. Para obtener información sobre otras categorías de inmigración que no se basen en la familia, contacte a un abogado de inmigración con experiencia.
Cómo solicitar una visa familiar
Para solicitar la residencia permanente de un familiar, se deben seguir dos pasos principales. Primero, el ciudadano estadounidense o residente permanente legal que patrocina al familiar extranjero debe presentar la solicitud. Luego, el familiar debe solicitar la residencia permanente legal. El proceso para solicitar la residencia permanente varía según si el familiar ya se encuentra en Estados Unidos o fuera de este.
Para solicitar un familiar, el peticionario debe primero presentar el Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, y enviar este formulario con toda la documentación requerida al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Los familiares que viven dentro de Estados Unidos pueden solicitar un ajuste de estatus al mismo tiempo o después de presentar el Formulario I-130. Para ello, presentarán el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, al USCIS, y presentarán toda la documentación pertinente.
Los familiares que viven fuera de Estados Unidos deben presentar el Formulario I-130 al USCIS y, si la petición es aprobada y el familiar extranjero tiene un número de visa disponible, este deberá seguir los pasos del Procesamiento Consular para solicitar el estatus de residente permanente. Esto implica que el USCIS transfiera su caso al Centro Nacional de Visas (NVC), donde el peticionario proporcionará información y documentación adicional sobre el beneficiario, junto con las tarifas requeridas. Luego, el NVC enviará el caso a la embajada o consulado de EE. UU. donde vive el beneficiario y programará una entrevista.